Día del Empleado de Comercio 2026: quiénes no trabajan el lunes 28 de septiembre y qué comercios abren

Desde el CEC confirmaron que el feriado del sector se trasladará al 28 de septiembre. Durante esa jornada, los locales y establecimientos alcanzados por la normativa mantendrán sus puertas cerradas.
Día del Empleado de Comercio 2026: quiénes no trabajan el lunes 28 de septiembre y qué comercios abren

El Día del Empleado de Comercio tendrá una fecha especial en 2026: la celebración se realizará el lunes 28 de septiembre, luego de un acuerdo entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresarias. La jornada alcanzará a los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 y tendrá un tratamiento equivalente al de un feriado nacional para quienes estén incluidos en ese régimen.

Cuándo es el Día del Empleado de Comercio 2026

La Ley 26.541 fija el 26 de septiembre como Día del Empleado de Comercio. Como en 2026 esa fecha cae sábado, FAECYS y las cámaras empresarias acordaron trasladar la celebración al lunes 28 de septiembre.

La disposición alcanza a los trabajadores mercantiles incluidos en el CCT 130/75, mientras que empleados públicos, docentes, bancarios, industriales y otros trabajadores que no estén comprendidos en ese régimen no quedan alcanzados por esta medida.

Qué comercios pueden abrir el lunes 28

El traslado de la celebración no implica que todos los comercios deban cerrar. Cada establecimiento podrá definir su funcionamiento de acuerdo con su modalidad de atención y con la disponibilidad de trabajadores que presten tareas.

En el caso de supermercados, shoppings y grandes cadenas, la apertura dependerá de cada establecimiento. No existe una obligación general de mantener las persianas bajas, por lo que un mismo tipo de comercio puede tener horarios diferentes según el lugar.

Qué pasa si un empleado trabaja el lunes 28

Los trabajadores alcanzados por el régimen mercantil podrán optar por prestar tareas. Si lo hacen, deberán cobrar la remuneración correspondiente con un recargo del 100%, de acuerdo con el tratamiento previsto para esta jornada.

Así, el lunes 28 de septiembre tendrá un funcionamiento particular: el descanso corresponde a los trabajadores alcanzados por el régimen, pero la apertura de cada comercio dependerá de su organización y del personal que finalmente preste tareas.

Fuente: Medios

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