A través de la Resolución N.º 511 quedó establecida la disposición gubernamental que busca salvaguardar los procesos reproductivos de las especies ícticas y asegurar la sostenibilidad ambiental de los recursos hídricos del país durante la temporada biológica clave.
En los tramos fluviales compartidos con la República Argentina, que comprenden sectores limítrofes de los ríos Paraguay, Paraná y Pilcomayo, la prohibición regirá del 2 de noviembre al 21 de diciembre de 2026.
Por su parte, en las aguas fronterizas con la República Federativa del Brasil, que abarcan el río Paraguay desde la confluencia con el río Negro hasta el río Apa, la totalidad del cauce del Apa y el tramo alto del Paraná hasta la desembocadura del río Yguazú, la medida se extenderá hasta el 31 de enero de 2027, en concordancia con los convenios binacionales de conservación.

La normativa impone restricciones estrictas sobre las actividades de pesca comercial y deportiva, prohíbe la utilización de diversos artes y aparejos de pesca, y veta de forma temporal el transporte y la venta de productos pesqueros en todo el país.
Estas acciones coordinadas pretenden mitigar la presión sobre la fauna acuática y favorecer la regeneración natural de las poblaciones de peces.
Desde la entidad ambiental hicieron un llamado formal a los pescadores comerciales, deportivos y a la ciudadanía en general a dar estricto cumplimiento a los plazos e indicaciones establecidas.
Las autoridades enfatizaron que el acatamiento de la resolución resulta indispensable para proteger la biodiversidad acuática del Paraguay y garantizar la disponibilidad del recurso pesquero para las comunidades locales a futuro.
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