La Corte aclaró el alcance de su fallo sobre tierras y cuestionó los “discursos de odio”

El máximo tribunal sostuvo que la sentencia solo resolvió una cuestión procesal vinculada a una medida cautelar y remarcó que no definió la constitucionalidad del régimen de tierras rurales.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación defendió el alcance de su fallo en la causa “Cecim c. el Gobierno Nacional” y aclaró que la decisión no resolvió la controversia de fondo sobre el régimen legal de tierras rurales. Al mismo tiempo, cuestionó los “discursos de odio y descalificación” surgidos a partir de la sentencia.

La Corte sostuvo que la resolución “se ajusta estrictamente a todos los precedentes” del tribunal y aclaró que no afecta otras medidas cautelares con el mismo objeto que se encuentran en trámite ante distintos juzgados. Además, explicó que cualquier persona que considere inconstitucional el régimen legal de tierras puede presentar un pedido de medida cautelar, cuya procedencia deberá ser analizada por el juez competente.

En ese sentido, el tribunal señaló que los grupos interesados en la cuestión también pueden recurrir a la Justicia y sostuvo que, en una democracia, esa vía resulta más adecuada que “la promoción de discursos de odio y descalificación en las redes sociales”.

En su comunicado, la Corte Suprema también destacó su trayectoria en materia ambiental y afirmó que durante años ejerció “un liderazgo” en la protección de los recursos naturales, el ambiente y los bienes colectivos. “La crítica es correcta; la descalificación y el odio solo deterioran las instituciones y la democracia”, sostuvo el tribunal.

El tribunal indicó que se pronunciará sobre la constitucionalidad de esas normas cuando reciba los reclamos correspondientes. Según explicó, esas cuestiones todavía no llegaron a su consideración, por lo que no puede interpretarse que exista una posición de la Corte o de sus ministros sobre el régimen de tierras.

Fuente: Medios

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