El proyecto de ley para modernizar el Código Procesal Civil y Comercial de Neuquén, vigente desde 1975, ingresó este jueves formalmente a la Legislatura. La reforma propone un cambio estructural para la justicia civil: la instauración de un modelo adversarial, en el que las partes impulsan el proceso y el juez asume un rol de tercero imparcial.
La iniciativa fue presentada en Mesa de Entradas con la firma del gobernador Rolando Figueroa, el presidente del Tribunal Superior de Justicia, Gustavo Mazieres, y la vicepresidenta primera de la Legislatura, Zulma Reina.
El proyecto plantea un sistema más ágil, moderno y accesible, con digitalización completa de expedientes y notificaciones, creación del domicilio electrónico obligatorio, sanciones frente a la mala fe procesal y simplificación de los procedimientos.
La propuesta será analizada por la Comisión de Asuntos Constitucionales y, de lograr despacho, podría ser tratada en las últimas sesiones de diciembre. El nuevo Código Procesal Civil Adversarial entraría en vigencia en 2026.
Principales cambios propuestos
• Modelo adversarial: Las partes conducen el proceso; el juez actúa como árbitro imparcial.
• Ética y responsabilidad profesional: Incorpora sanciones expresas para conductas de mala fe: alegaciones falsas, maniobras fraudulentas, ocultamiento o destrucción de pruebas.
• Digitalización total: Domicilio electrónico obligatorio, notificaciones digitales como regla, y publicación de edictos en la web y redes sociales oficiales del Poder Judicial.
• Acceso a la justicia: Se elimina el trámite del beneficio de litigar sin gastos y se reemplaza por un sistema gratuito y simplificado. El plazo de gracia para la presentación de escritos se amplía a todo el horario de atención al público.
• Prueba y descubrimiento: Incorpora la figura inédita del descubrimiento de pruebas. Se eliminan la confesional y el interrogatorio de partes. Se regulan documentos digitales, peritajes privados y criterios de admisión probatoria.
• Medidas cautelares y anticipos pretensionales: Se definen categorías diferenciadas, plazos máximos y reglas estrictas para evitar abusos.
• Procesos más simples: El sistema se reduce a dos tipos procesales: ordinario y sumarísimo, con audiencias claras y plazos definidos.
• Participación territorial: La reforma se elaboró con aportes de las siete regiones de la provincia, colegios de abogados, magistrados y universidades.
Fuente: Medios

