La Agencia de Turismo de Río Negro fijó reglas para contrataciones más ágiles y directas

La Agencia de Turismo de Río Negro (ATUR) aprobó un nuevo esquema de funcionamiento y contrataciones que busca agilizar los procedimientos administrativos y otorgar mayor autonomía al organismo. Las resoluciones fueron firmadas por el directorio y elaboradas por el director ejecutivo, Diego Piquín, quien impulsó dos reglamentos: uno de carácter administrativo y otro específico para contrataciones.

La ley de creación de la ATUR la define como un “ente de derecho público no estatal, con personería jurídica propia, autonomía orgánica, funcional, administrativa y financiera”. Bajo esa figura, el organismo elaboró un reglamento interno que ya cuenta con el aval de la Fiscalía de Estado y la Contaduría General, dado que maneja fondos de origen público.

“Hay situaciones que para la administración pública centralizada serían extraordinarias, pero no para un ente de promoción”, explicó. Entre ellas, mencionó la contratación de espacios en ferias internacionales, campañas publicitarias que deben modificarse por contingencias como la falta de nieve o incendios forestales, y acciones promocionales que requieren definiciones inmediatas.

Auditorías y control de precios

En los contratos que superen los 50 millones de pesos, deberá intervenir una auditoría jurídica y contable para evaluar su viabilidad. En todos los casos será obligatorio elaborar presupuestos y analizar los costos.

El director ejecutivo de la ATUR tendrá “libres y amplias facultades para celebrar contratos y determinar su contenido”, con la condición de acreditar la razonabilidad de los precios mediante la presentación de al menos tres presupuestos.

Las contrataciones superiores a 150 millones de pesos requerirán una compulsa de precios, mientras que los procesos breves de selección (“por especialidad”) se aplicarán cuando se superen los 30 millones o cuando la contratación demande resultados estandarizados. En estos casos podrá seleccionarse directamente al proveedor considerado idóneo.

Además, la ATUR podrá firmar convenios con organismos públicos o privados y recibir fondos a cambio de auspiciar o patrocinar ferias, congresos, exposiciones o eventos. En su primer ejercicio, se resolvió mantener la distribución del 70% de los aportes recaudados por tasas al conjunto de los entes de promoción locales.

Reglamento interno del directorio

El reglamento también define los requisitos para los representantes del sector privado en el directorio. Los diez miembros deberán estar inscriptos en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, contar con el aval del 10% de los prestadores registrados en su región y ser promovidos por la entidad correspondiente.

Los representantes privados tendrán mandatos de dos años y los del sector público de cuatro, todos ad honorem. El directorio se reunirá al menos dos veces al año y podrá convocar sesiones extraordinarias por pedido de la presidencia, la vicepresidencia o la dirección ejecutiva. Las decisiones se tomarán por mayoría simple, aunque en casos específicos se requerirá el voto de dos tercios; en caso de empate, el presidente tendrá doble voto.

Fuente: Medios

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