Condenan a una iglesia evangélica a pagar $115 millones por un accidente durante un evento religioso

Un hombre sufrió graves lesiones al caer de una escalera mientras colaboraba en los preparativos de una actividad en Neuquén. La Justicia determinó que el elemento tenía fallas y responsabilizó a la institución religiosa.

Un accidente ocurrido durante los preparativos de un evento religioso en la ciudad de Neuquén derivó en una millonaria condena judicial. Un juez civil ordenó a una iglesia evangélica pagar una indemnización de 115 millones de pesos a un hombre que sufrió graves lesiones al caer de una escalera mientras colaboraba en la organización de la actividad.

El fallo fue dictado por el juez Javier Alarcón, titular del Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N°3. El hecho que originó la demanda ocurrió en un establecimiento ubicado en la intersección de las avenidas Olascoaga y Purmamarca.

Como consecuencia del impacto, el colaborador sufrió una fractura compleja en uno de los huesos del pie. La lesión requirió una intervención quirúrgica en la que los médicos colocaron material de osteosíntesis para estabilizar el hueso.

Luego de la operación atravesó un prolongado proceso de recuperación que incluyó reposo y tratamientos médicos. Sin embargo, las secuelas persistieron y derivaron en una incapacidad física permanente.

En su demanda, el damnificado también indicó que debió afrontar con recursos propios todos los gastos médicos y farmacéuticos derivados del accidente, ya que —según afirmó— no recibió asistencia económica por parte de la iglesia.

Una escalera defectuosa

Uno de los puntos centrales del proceso fue determinar qué había provocado la caída. Tras analizar las pruebas reunidas durante el juicio, el juez concluyó que la escalera utilizada presentaba un defecto.

En su sentencia, el magistrado explicó que se acreditó la existencia de un “vicio en la cosa”, una figura jurídica que se aplica cuando un objeto posee fallas que lo vuelven inseguro para su uso normal. En este caso, la escalera carecía de gomas antideslizantes en su base, una condición que permitió que el elemento se desplazara y ocasionara la caída.

El juez también evaluó las condiciones en las que se realizaba la actividad y consideró que no se habían tomado medidas básicas de seguridad. Entre otros aspectos, señaló que no se verificó si la persona que utilizaba la escalera tenía conocimientos básicos para hacerlo ni se dispuso la asistencia de otra persona para sostenerla.

Incapacidad y reparación económica

Para evaluar las consecuencias del hecho, el tribunal tuvo en cuenta un informe pericial médico que analizó el estado de salud del hombre después de la lesión. El estudio determinó que el accidente le provocó una incapacidad física del 30 por ciento, lo que impacta tanto en su vida cotidiana como en su capacidad para desarrollar actividades laborales.

Al fijar la indemnización, el juez consideró distintos factores: los ingresos que percibía el damnificado al momento del accidente, su actualización según la evolución del Salario Mínimo, Vital y Móvil, los gastos médicos y farmacéuticos afrontados, los tratamientos futuros y el daño extrapatrimonial derivado del sufrimiento y las consecuencias personales del hecho. Con esos elementos, el tribunal estableció una reparación total de 115 millones de pesos.

La sentencia, sin embargo, todavía no quedó firme. La iglesia demandada presentó un recurso contra el fallo, por lo que el caso deberá ser revisado por una instancia judicial superior.

Fuente: Medios

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