El bloque de concejales Incluyendo Bariloche presentó un proyecto de ordenanza que busca facilitar el acceso a la vivienda propia de quienes ya fueron beneficiados con lotes sociales municipales. La iniciativa propone crear un sistema de ahorro previo administrado mediante un fideicomiso público municipal, destinado a financiar la construcción de la primera casa sobre esos terrenos.
La propuesta contempla la creación del Fideicomiso Municipal “Mi Primera Casa Bariloche”, que tendría como objetivo combinar el aporte de los adjudicatarios con fondos municipales para acelerar la construcción de viviendas.
Quiénes podrán acceder al plan
El proyecto establece que podrán incorporarse al programa las personas que:
- Acrediten al menos dos años de residencia efectiva en Bariloche.
- Sean adjudicatarias de un lote social otorgado por la Municipalidad.
- No sean propietarias de otros inmuebles.
- Cumplan con las condiciones socioeconómicas que establezca la reglamentación.
- Demuestren capacidad de pago para afrontar la cuota mensual del plan.
- Mantengan vigente la adjudicación del lote y al día las obligaciones derivadas de ese beneficio.
En cambio, quedarán excluidos quienes sean titulares de terrenos privados o hayan adquirido una vivienda por cualquier otro mecanismo que no sea la adjudicación de tierra social municipal.
Quiénes tendrán prioridad
La iniciativa prevé un orden de prioridad para determinados sectores considerados de mayor vulnerabilidad o interés social. Entre ellos se encuentran:
- Personas con discapacidad.
- Familias numerosas.
- Madres o padres solos con hijos.
- Bomberos voluntarios.
- Veteranos de guerra.
- Trabajadores esenciales.
- Víctimas de violencia de género.
- Familias en situación de emergencia habitacional.
Cómo funcionará el fideicomiso
La ordenanza obliga al Municipio a constituir, dentro de los 90 días posteriores a su promulgación, el Fideicomiso Municipal “Mi Primera Casa Bariloche”, en el marco de lo previsto por el Código Civil y Comercial de la Nación.
La Municipalidad de Bariloche actuará como fiduciante principal, aportando los lotes sociales y recursos económicos específicos para el funcionamiento del programa, además de garantizar el cumplimiento de sus objetivos.
Por su parte, cada adjudicatario que decida incorporarse será fiduciante adherente y beneficiario, aportando su lote y las cuotas mensuales de ahorro. A cambio, será el destinatario de la vivienda que se construya sobre ese terreno.
El proyecto asigna la administración del fideicomiso al Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social (IMTVHS), organismo que tendrá a su cargo la custodia y administración de todos los bienes y fondos involucrados.
El sistema se organizará mediante círculos de ahorro integrados por hasta 200 familias, donde cada grupo será financieramente independiente.
Las cuotas mensuales incluirán distintos componentes:
- Ahorro puro.
- Fondo de administración.
- Seguro de obra.
- Fondo solidario.
- Fondo de contingencias.
Uno de los puntos centrales del proyecto establece que el IMTVHS deberá aportar mensualmente una suma equivalente al 100% del ahorro puro realizado por los participantes, duplicando así el capital disponible para financiar nuevas viviendas. La iniciativa aclara que este aporte será obligatorio.
Además, las cuotas se actualizarán de acuerdo con el Índice del Costo de la Construcción (ICC).
Cómo se adjudicarán las viviendas
Las viviendas podrán adjudicarse mediante tres mecanismos:
- Sorteo público entre los participantes que estén al día con sus cuotas.
- Licitación por mayor integración de ahorro, favoreciendo a quien adelante un mayor porcentaje del valor de la vivienda.
- Régimen especial previsto para determinados fiduciantes adherentes.
Antes del inicio de cada obra será obligatoria la constitución de un Fideicomiso Individual de Construcción, que deberá formalizarse e inscribirse en el Registro de la Propiedad Inmueble.
De dónde saldrán los fondos
El proyecto dispone la creación de una partida presupuestaria específica, equivalente a no menos del 2% del presupuesto anual de gastos del Municipio.
A ese fondo se sumarán recursos provenientes de:
- Programas provinciales y nacionales de vivienda.
- Fondos del Fonavi.
- Organismos internacionales de crédito.
- Donaciones y legados.
- Recupero de cuotas de adjudicatarios.
- Rentas del patrimonio fiduciario.
- Aportes obligatorios del IMTVHS.
La iniciativa establece que los fondos del programa no podrán ser utilizados para gastos corrientes, pago de deudas ni otros compromisos municipales.
Asimismo, los recursos que no se ejecuten en un ejercicio se transferirán automáticamente al siguiente, mientras que cualquier modificación o reducción de la partida presupuestaria requerirá la aprobación de dos tercios del Concejo Municipal.
El proyecto también prohíbe al Departamento Ejecutivo disponer de esos fondos mediante decretos de necesidad y urgencia, con el objetivo de garantizar que el dinero se destine exclusivamente a la construcción de viviendas para los adjudicatarios de lotes sociales.
Fuente: Medios.

