Río Negro volvió a poner sobre la mesa un dato que incomoda y deja al desnudo una realidad persistente: 1.503 personas no cumplen con la cuota alimentaria de sus hijos. La cifra surge del último Boletín Oficial, donde la Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas difundió la actualización del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) y del Registro de Obstructores de Vínculo.
Aunque en las últimas semanas se produjeron cuatro bajas de personas que regularizaron su situación, el número sigue siendo elevado. En diciembre, el registro contaba con 1.462 inscriptos, lo que confirma una tendencia que no logra revertirse y expone una deuda que no es solo económica, sino también moral y social.
El Redam incluye a quienes adeudan total o parcialmente tres cuotas alimentarias consecutivas o cinco alternadas. En términos simples, se trata de padres y madres que incumplen una obligación básica. Cuando el acuerdo y la responsabilidad no alcanzan, son los adultos responsables quienes deben recurrir a la Justicia para exigir lo que debería garantizarse sin necesidad de un expediente judicial.
Figurar en el registro no es una sanción simbólica. La Ley Provincial Nº 3.475 impide a los deudores contratar con el Estado, acceder a cargos públicos y obtener habilitaciones, licencias, permisos o concesiones hasta regularizar su situación. A esto se suman ordenanzas municipales que profundizan las restricciones. En Viedma, por ejemplo, un deudor fue excluido de competencias deportivas institucionales, reforzando el mensaje de que el incumplimiento tiene un costo social concreto.
La información que nutre el registro proviene de los Juzgados de Familia de toda la provincia, pasa por el Registro Civil y finalmente se publica en el Boletín Oficial. No hay margen para el desconocimiento: los datos y los nombres son públicos.
El incumplimiento, sin embargo, no se limita a lo económico. Desde 2021, Río Negro aplica la Ley Nº 4.456, que creó el Registro Provincial de Obstructores de Vínculo con los Hijos. Allí se inscribe a quienes, pese a una orden judicial, impiden el contacto de niños y niñas con el progenitor no conviviente o con la familia extendida, como abuelos. Las sanciones incluyen la publicación del nombre y restricciones similares a las de los deudores alimentarios.
Si bien los casos de obstrucción de vínculo son pocos —alrededor de una veintena desde 2024—, el contraste con la cantidad de morosos alimentarios resulta contundente. En el medio, los derechos de niños y niñas siguen siendo vulnerados, muchas veces como rehén de conflictos adultos que no miden consecuencias.
Fuente: Medios

