El Gobierno estableció nuevos valores para el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) con incrementos escalonados desde noviembre de este año hasta agosto de 2026, según la Resolución 9/2025 publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La medida también actualiza la prestación por desempleo.
El esquema fija una suba total del 16,8% hasta agosto del próximo año, cuando el salario mínimo alcanzará los $376.600, frente a los $322.200 vigentes hasta octubre. En diez meses, el aumento será de $54.400, de acuerdo con lo informado por medios.
La decisión fue tomada por la presidenta alterna del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Claudia Silvana Testa, luego de que la reunión plenaria del 26 de noviembre finalizara sin acuerdo entre representantes sindicales y empresarios. Aunque ambas partes presentaron propuestas, “tras un extenso intercambio de opiniones”, no se logró consenso, por lo que el Ejecutivo volvió a fijar el sueldo mínimo de manera unilateral.

La resolución alcanza a todos los trabajadores incluidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y los organismos estatales que actúan como empleadores.
Nuevos montos del salario mínimo (por mes y por hora)
- Noviembre 2025: $328.400 el mes y $1642 la hora.
- Diciembre 2025: $334.800 el mes y $1674 por hora.
- Enero 2026: $341.000 el mes y $1705 la hora
- Febrero 2026: $346.800 el mes y $1734 por hora.
- Marzo 2026: $352.400 el mes y $1762 la hora.
- Abril 2026: $357.800 el mes y $1789 la hora.
- Mayo 2026: $363.000 el mes y $1815 la hora.
- Junio 2026: $367.800 el mes y $1839 la hora.
- Julio 2026: $372.400 el mes y $1862 la hora.
- Agosto 2026: $376.600 el mes y $1883 la hora.
El salario mínimo continúa rezagado frente a la inflación, entre noviembre de 2023 y octubre de 2024, el poder adquisitivo del SMVM se redujo un 35%, mientras que en lo que va de este año acumula una caída del 7,7%, según estimaciones del Instituto Interdisciplinario de Economía Política (UBA-CONICET).

En cuanto a la prestación por desempleo, la normativa establece que será equivalente al 75% del salario neto promedio de los últimos seis meses trabajados. Además, fija que el monto mensual no podrá ser inferior al 50% ni superior al 100% del SMVM vigente.
Fuente: Medios

