Una joven descubrió que alguien había difundido videos íntimos suyos de contenido sexual en grupos de Telegram y WhatsApp. Al contactarse con la persona que los había grabado, esta reconoció haberlos compartido, lo que motivó que la víctima presentara una demanda ante la Justicia de Familia para que las imágenes fueran eliminadas.
El juez Luciano Speroni ordenó a las plataformas Telegram y META (WhatsApp) la supresión de los enlaces a los videos y el resguardo de los datos informáticos vinculados al contenido durante 90 días, a fin de investigar a los responsables de la difusión. Además, remitió las actuaciones al Ministerio Público Fiscal para ampliar la investigación sobre los grupos que compartían material íntimo de mujeres neuquinas.

Speroni destacó la gravedad de la violencia de género digital, señalando que “puede ser devastadora en múltiples dimensiones de la vida de las personas afectadas” y que evoluciona con las tecnologías, por lo que no puede ser ignorada ni reducida a categorías tradicionales. Subrayó la relevancia de la Ley Olimpia (27.736) y de los tratados internacionales ratificados por Argentina, que obligan al Estado a prevenir, atender a las víctimas y sancionar a los responsables de este tipo de delitos.
En su denuncia, la mujer identificó a dos hombres responsables de la difusión, uno de los cuales había sido su pareja tiempo atrás. Relató que en noviembre de 2024 fue contactada mediante redes sociales sobre la existencia de los videos en un grupo de Telegram.

El juez renovó las medidas de protección dictadas previamente e intimó al responsable de la difusión a asistir al Dispositivo de Varones dentro de 30 días, bajo apercibimiento de sanciones económicas por no haber cumplido con la citación anterior.
Fuente: Medios