La Corte Suprema de Justicia designó a dos conjueces y acortó los plazos procesales para avanzar en la resolución del conflicto por la derogación de la Ley de Tierras, dispuesta a través del artículo 154 del DNU 70/2023. La decisión busca destrabar una causa en la que los tres integrantes del máximo tribunal no lograron alcanzar una posición unánime.
Los magistrados elegidos son Diego Barroetaveña, integrante de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, y Juan Ignacio Pérez Curci, miembro de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza.

Además, la Corte estableció un plazo de 24 horas para consentir la integración del tribunal, una medida que, según informó medios, responde a “las particulares circunstancias de la causa”.
El reclamo contra la derogación de la Ley de Tierras
La controversia judicial se originó a partir de una demanda presentada por la Asociación Civil Árbol de Pie, que solicitó que se declare la inconstitucionalidad y nulidad de la norma que derogó la Ley de Tierras.
La entidad sostiene que la medida afecta la protección del medioambiente, el territorio y los recursos naturales, además de comprometer los derechos colectivos de los pueblos originarios.

La presentación se realizó en diciembre de 2023 ante la Justicia Federal de Bariloche. Posteriormente, el expediente fue derivado a la Cámara Federal de La Plata, donde tampoco se resolvió el fondo de la cuestión.
Con la designación de los conjueces, la Corte busca avanzar en la definición sobre la validez del artículo 154 del DNU 70/2023.

El antecedente del CECIM
La discusión se produce después de que el máximo tribunal rechazara un amparo presentado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata (CECIM).
En ese caso, la Corte consideró que la organización no tenía legitimación para promover la demanda y que no existía una controversia que debiera resolver. Sin embargo, ese rechazo no impide que el tribunal analice otros planteos vinculados con la derogación de la Ley de Tierras.

La resolución pendiente determinará si el artículo del DNU que eliminó las restricciones previstas en esa legislación se ajusta a la Constitución Nacional.
Fuente: Medios

