El mecanismo se apoya en resoluciones nacionales que permiten bloquear el IMEI, el IMSI y la línea asociada a cada dispositivo. El texto aclara que no busca restringir las comunicaciones legítimas con familiares, allegados y abogados.
Los teléfonos que ingresan de forma clandestina a los establecimientos penitenciarios permiten, según se plantea en los fundamentos, que personas privadas de libertad mantengan contacto no autorizado con el exterior para coordinar actividades ilícitas. Para enfrentar ese problema, se impulsa la adhesión de la provincia a un procedimiento nacional de detección, identificación y bloqueo de dispositivos móviles.
La propuesta lleva la firma de la legisladora Elba Yolanda Mansilla (PRN), quien sostiene que la seguridad penitenciaria “constituye una responsabilidad indelegable del Estado”. El proyecto dispone que Río Negro adhiera al procedimiento establecido por la Resolución ENACOM N.º 734/2026 y al manual de procedimiento aprobado por el Ministerio de Seguridad de la Nación.
El texto legislativo designa al Ministerio de Seguridad y Justicia, a través del Servicio Penitenciario Provincial, como autoridad de aplicación y le asigna la tarea de implementar mecanismos de detección de dispositivos que se activen dentro de las áreas de acceso restringido, así como gestionar, cuando corresponda, el bloqueo del IMEI, el IMSI y la línea telefónica asociada.
Asimismo, la iniciativa prevé que la autoridad de aplicación coordine con el Ministerio de Seguridad de la Nación, el Ente Nacional de Comunicaciones y los prestadores de servicios móviles, y establece que las solicitudes de bloqueo se canalicen exclusivamente a través de los procedimientos fijados por la normativa nacional. También exige el registro y la trazabilidad de cada actuación vinculada a la detección y el bloqueo.
La propuesta legislativa aclara que su aplicación no podrá afectar el derecho de las personas privadas de libertad a comunicarse con familiares, allegados, defensores y autoridades judiciales, conforme a la Ley Nacional N.º 24.660. Según se remarca en los fundamentos, “no se trata simplemente de prohibir un teléfono”, sino de recuperar el control estatal sobre las comunicaciones dentro de las cárceles.

